DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO (7ª ed.)

(PARTE GENERAL) - Lecciones adaptadas al EEES

Isaac Merino Jara (Dir.)· Manuel Lucas Durán (Coord.)· José Antonio Fernández Amor· Yolanda García Calvente· Tomás García Luis· Elena Manzano Silva· Mercedes Ruiz Garijo· Begoña Sesma Sánchez· Antonio Vázquez del Rey Villanueva

1. MATERIALES

1.1. FUENTES NORMATIVAS

 

- Orden EHA/3987/2005, de 15 de diciembre, por la que se desarrolla el RGRVA, sobre requisitos de suficiencia de determinadas garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución de los actos impugnados.

- Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados mediante recursos y reclamaciones y de relación entre los Tribunales Económico-Administrativos y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

- Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, por la que se regulan los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada y por la que se modifica la Orden HAC/661/2003, de 24 de marzo, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo y se determinan el lugar, la forma y los plazos para su presentación.

 

1.2. FUENTES JURISPRUDENCIALES

 

- STS de 26 de noviembre de 2014. Devolución de ingresos indebidos.

- STS de 6 de febrero de 2014. Distinción entre la devolución de ingresos indebidos y las devoluciones de oficio previstas en la normativa de los distintos impuestos.

- STS de 19 de noviembre de 2012. Procedimiento de declaración de nulidad.

- Auto del Tribunal Supremo de 20 diciembre de 2012. Rectificación de errores.

- STS de 21 septiembre 2011. Declaración de lesividad.

- STS de 29 de noviembre de 2014. Posibilidad de volver a liquidar tras anulación de liquidación.

 

1.3. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS

 

- ALONSO MURILLO, F.: “Los procedimientos de revisión de oficio en la nueva Ley General Tributaria”, en la obra Estudios de derecho financiero y tributario en homenaje al profesor Calvo Ortega, Vol. 1, 2005.

- BLASCO DELGACO, C.: “El procedimiento abreviado en la jurisdicción contencioso-administrativa”. En VV.AA.: Estudios sobre el proceso contencioso-administrativo en materia tributaria. Bosch, 2015.

- CHECA GONZÁLEZ, C.:

- Las reclamaciones económico-administrativas: (análisis normativo, jurisprudencial y doctrinal). Lex Nova, 1993.
- La suspensión en vía económico-administrativa de la ejecución de los actos administrativos tributarios. Aranzadi, 1999.

- DELGADO PACHECO, A.: “La suspensión de las liquidaciones y sanciones tributarias como consecuencia de un recurso o reclamación: algunas cuestiones polémicas”. Documento del Instituto de Estudios Fiscales, 6, 2007.

- GARCÍA CALVENTE, Y.: “El recurso de lesividad y el procedimiento especial de suspensión de acuerdos”. En VVAA.: Estudios sobre el proceso contencioso-administrativo en materia tributaria. Bosch, 2015.

- GARCÍA NOVOA, C.: La revocación en la Ley general tributaria. Aranzadi, 2005.

- GARCÍA-OVIES SARANDESES, I. “La suspensión de la ejecución de actos en materia tributaria: presupuestos y formas de obtención”, en la obra Tratado sobre la Ley General Tributaria: Homenaje a Álvaro Rodríguez Bereijo, Vol. 2, 2010.

- MARTÍN QUERALT, J., LOZANO SERRANO, C., TEJERIZO LÓPEZ, J.M. y CASADO OLLERO, G.: Curso de Derecho Financiero y Tributario. Tecnos, 2012.

- MORENO GONZÁLEZ, S.: “Procedimientos de revisión en materia tributaria (I): Procedimientos especiales de revisión”. En AA.VV (COLLADO YURRITA, M.A. (Dir.): Derecho Financiero y Tributario. Parte General. Atelier, 2009.

- RAMALLO MASSANET, J.: “Los procedimientos especiales de revisión en materia tributaria”, en la obra Estudios en homenaje al profesor Pérez de Ayala, 2007.

- SÁNCHEZ PEDROCHE, J.A. Revisión administrativa en vía tributaria: recursos y reclamaciones con jurisprudencia y ejemplos. Centro de Estudios Financieros, 2006.

 

2. ACTIVIDADES DE AUTOEVALUACIÓN

2.1. TEST DE AUTOEVALUACIÓN

 

Al hacer click en el enlace se abrirá una página web que contiene el test a realizar. El test puede hacerse tantas veces como se desee. Cada vez que se abra el orden de las preguntas y el orden de las respuestas cambiará.

 

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2.2. CASOS PRÁCTICOS

 

ENUNCIADO

 

- Don Rigoberto Espina acude a su despacho con el fin de pedirle asesoramiento para tratar de solucionar su complicada situación tributaria. El primer problema que le plantea tiene que ver con el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. En el permiso de circulación del vehículo figura como domicilio Granada, y es en ese Ayuntamiento donde debería haber pagado el impuesto correspondiente, cosa que no hizo porque como por motivos de trabajo tiene su residencia fiscal en Málaga, pensó que era en el Ayuntamiento de la capital de la Costa del Sol donde debía abonar el tributo. Así, pagó el impuesto en Málaga, y ahora Granada le exige el pago no realizado.

 

1ª. Pregunta. Don Rigoberto le pregunta si es posible solucionar la situación. Indíquele el procedimiento a seguir.

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

Don Rigoberto podrá iniciar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos respecto de la cantidad pagada en el Ayuntamiento de Málaga, lo que no le exime de realizar el pago del impuesto al Ayuntamiento de Granada.

Don Rigoberto está también preocupado porque acaba de recibir la notificación de una liquidación tributaria con la que no está de acuerdo y no sabe cómo puede ejercer su derecho a la defensa. El motivo del desacuerdo es la distinta interpretación jurídica que del hecho imponible realizado realiza él, y la que realiza la Administración.

 

2ª. Pregunta. Explíquele a Don Rigoberto cómo puede ejercer su derecho a la defensa, explicándole todas las opciones posibles.

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

Si la discrepancia es jurídica, Don Rigoberto podrá optar entre interponer un recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto o acudir directamente a la vía económico-administrativa, obligatoria en materia tributaria antes de acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Don Rigoberto ha sido además objeto de un procedimiento de inspección que ha finalizado con la firma de la correspondiente acta. Sin embargo, el acta no está firmada por el Inspector-Jefe, sino por una persona distinta.

 

3ª Pregunta. ¿Puede utilizar Don Rigoberto la anterior situación para impugnar el acta? Si la respuesta es afirmativa, ¿qué procedimiento debería utilizar?

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

Don Rigoberto podrá acudir al procedimiento de declaración de nulidad siempre y cuando la incompetencia, además de serlo por razón de la materia, sea "manifiesta", esto es, que parezca de forma evidente, notoria, clara, terminante y tajante, sin que se requiera realizar previamente una labor de interpretación jurídica, tal como ha proclamado reiteradamente el Tribunal Supremo (la incompetencia ha de aparecer de una manera clara, sin que exija esfuerzo dialéctico su comprobación por saltar a primera vista). Por esta razón, la doctrina y la jurisprudencia excluyeron la incompetencia jerárquica o de grado, susceptible de convalidación por el superior jerárquico.

 

3. ACTIVIDADES PROPUESTAS

 

1) Redacte un recurso de reposición utilizando el siguiente modelo.

2) Lea y comente la Sentencia del TSJ de Asturias de 6 de octubre de 2010 (núm. 1088/2010).

3) Lea y comente la Sentencia del TC de 27 de abril de 2010 (núm.25/2010).

4) Realice un esquema de los procedimientos especiales de revisión en materia tributaria.

 

4. OTROS MATERIALES

 

No se ofrecen.

 

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