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Sistemas de amortización admitidos fiscalmente

1

Amortización por el sistema de tablas

Un elemento tiene asignado en las tablas de amortización un coeficiente máximo del 16% y un período máximo de 12 años. En tal caso:

a)
b)
c)
El coeficiente mínimo es el 8,33% (100/12) y el período mínimo de amortización es 6,25 años (100/16).La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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2

Amortización por el sistema de tablas

En el método de tablas:

a)
b)
c)
Los contribuyentes del IS pueden variar el coeficiente de amortización cada año, siempre que el coeficiente escogido esté comprendido entre el máximo y el mínimo fijado en las tablas. Ello solo será posible si contablemente también se utilizan los mismos coeficientes que se pretendan utilizar fiscalmente. No obstante, cuando se utiliza un sistema lineal lo normal es aplicar un mismo coeficiente durante toda la vida útil del elemento.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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3

Amortización por el sistema de tablas

Cuando los elementos patrimoniales se utilicen en más de un turno de trabajo de 8 horas:

a)
b)
c)
La normativa permite aplicar un coeficiente mayor al de tablas cuando los bienes patrimoniales se utilicen en más de un turno de trabajo, teniendo en cuenta precisamente dicho uso para calcular el nuevo coeficiente.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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4

Amortización por el sistema de coeficiente constante

El método de coeficiente constante:

a)
b)
c)
En la medida en que se aplica un coeficiente constante sobre la cantidad que queda pendiente de amortización en cada ejercicio, el importe de la amortización irá disminuyendo cada año, de igual modo que lo hace la base de amortización.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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5

Amortización de elementos usados

Determine la cantidad máxima que podrá amortizarse en el siguiente caso: elemento adquirido usado por 40.000 € y cuyo precio nuevo dos años antes fue 100.000 €. El coeficiente máximo de amortización es el 12%.

a)
b)
c)
La entidad podrá amortizar una cantidad máxima de 12.000 €, como resultado de aplicar sobre el precio originario de adquisición (para la empresa que transmitió el elemento usado) el coeficiente máximo de amortización (12%). La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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6

Amortización de elemento usado

XSA compró en el ejercicio anterior una maquinaria usada por 60.000 €. Se sabe que el valor originario de adquisición era 200.000. El coeficiente máximo de amortización que corresponde al elemento es el 10%. La amortización máxima que podrá deducir en el periodo impositivo será:

a)
b)
c)
Sobre el valor del precio originario puede aplicar el coeficiente máximo según tablas (200.000 x 10% = 20.000). Esto significa que podrá amortizar el precio que pagó en el mercado de usados (60.000 €), que es la cantidad máxima que puede amortizar, en tres años, a razón de 20.000 € anuales. La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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7

Libertad de amortización

La sociedad YS.A ha adquirido el 1 de enero un elemento patrimonial nuevo por importe de 100.000 euros. Contablemente se amortiza aplicando un coeficiente lineal del 20%, mientras que fiscalmente se puede acoger a la libertad de amortización por ser empresa de reducida dimensión y cumplir los requisitos que exige la normativa. A tal efecto, en el periodo impositivo en el que se adquiera el bien:

a)
b)
c)
Contablemente el gasto por amortización será 20.000 € (100.000 x 20%), mientras que fiscalmente podrá deducir como gasto la totalidad del precio de adquisición (100.000 euros), por lo que deberá realizar un ajuste negativo de 80.000 euros.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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8

Libertad de amortización

En relación con el caso anterior, en el período impositivo siguiente:

a)
b)
c)
El gasto contable será de 20.000 € (100.000 x 20%). Fiscalmente, el elemento patrimonial se amortizó completamente en el período en el que se adquirió, por lo que no procede computar gasto alguno en este período. En consecuencia, se deberá realizar un ajuste positivo de 20.000 €.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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9

Libertad de amortización

En relación con los casos anteriores, si al inicio del tercer periodo impositivo -desde la adquisición- se transmite el elemento patrimonial que ha disfrutado de libertad de amortización:

a)
b)
c)
El art. 12.3 LIS determina que las cantidades aplicadas a la libertad de amortización minorarán, a efectos fiscales, el valor de los elementos amortizados. Esto obliga a que en el período impositivo en que se transmite el elemento patrimonial que haya gozado de libertad de amortización se deba realizar un ajuste positivo por la diferencia entre la amortización deducida fiscalmente (100.000) y la amortización contabilizada en los dos períodos en que ha estado en el activo de la entidad (40.000). En consecuencia, se deberá realizar un ajuste positivo de 60.000 €.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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