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Determinación del importe

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Determinación del importe

El valor de adquisición de un inmueble que es objeto de transmisión se verá minorado en la cuantía de las amortizaciones:

a)
b)
c)
Solo se deducirán las amortizaciones cuando el bien inmueble haya estado alquilado o cuando haya estado afecto a una actividad económica.La respuesta no es correcta.Tu respuesta ha sido guardada.
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2

Determinación del importe

En los casos de transmisión de un bien adquirido por herencia:

a)
b)
c)
Así lo determina el art. 36 LIRPF.La respuesta no es correcta.Tu respuesta ha sido guardada.
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3

Determinación del importe

En una transmisión de un bien inmueble, a la ganancia de patrimonio se le aplica un coeficiente reductor del 11,11% por cada año de permanencia en el patrimonio del sujeto pasivo:

a)
b)
c)
Se trata de un régimen transitorio regulado en la DT 9ª LIRPF. Resulta de aplicación a los bienes adquiridos antes del 31 de Diciembre de 1994, aunque hay que distinguir de la ganancia obtenida, la que se haya generado hasta el 20 de enero de 2006 (se reduce) y la producida posteriormente (no se reduce). No obstante, la Ley 26/2014 ha limitado la aplicación de estos coeficientes a las ganancias derivadas de la venta de bienes con un valor de transmisión máximo de 400.000 euros, aplicándose dicho límite al conjunto de los valores de transmisión de los elementos a los que resulte de aplicación los citados coeficientes de abatimiento a partir de 1 de enero de 2015.La respuesta no es correcta.Tu respuesta ha sido guardada.
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Determinación del importe

Alberto es titular de 10.000 acciones que adquirió por 100 €/acción. Durante el ejercicio recibe 100 acciones liberadas. A efectos del IRPF:

a)
b)
c)
La obtención de acciones liberadas no da lugar a la obtención de una ganancia de patrimonio, sino que el precio satisfecho por las acciones se redistribuye entre el número de las acciones total disponible (las adquiridas inicialmente más las obtenidas liberadas). La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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5

Determinación del importe

En el caso anterior, si en el período impositivo siguiente transmite 200 acciones por un precio de 125 €/acción, a efectos del IRPF:

a)
b)
c)

El nuevo valor de adquisición de las acciones, una vez recibidas las 100 acciones liberadas, será el siguiente:

Precio de adquisición original/nº total de acciones

1.000.000 (10.000 x 100)/10.100 = 99

Ganancia de patrimonio:

(200 x 125) - (200 x 99) = 25.000 - 19.800 = 5.200

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