Test de autoevaluación. Lección 2: IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (II)
Este test está confeccionado para la autoevaluación de esta Lección. El test puede hacerse tantas veces como se desee. Cada vez que abres la página se cambia el orden de preguntas y el de las respuestas. Confeccionado con el programa Hot Potatoes 6 (freeware para cualquier uso)
Escoge la respuesta correcta para cada pregunta, haciendo click sobre la letra correspondiente.
1 / 20
El plazo para la presentación de la autoliquidación correspondiente al Impuesto sobre Sociedades de una sociedad con ejercicio coincidente con el año natural es el comprendido entre el:
1 y 31 de enero.
1 y 25 de julio.
1 y 25 de junio.
Una sociedad dona a una Asociación un camión que aquélla había venido utilizando. El camión fue comprado por 60.000 euros y en el momento de la donación su valor contable es de 20.000 euros siendo su valor de mercado de 40.000 euros. En esta situacion y a efectos del Impuesto sobre Sociedades:
La sociedad recogerá un gasto deducible para determinar su base imponible por un importe de 20.000 euros.
La sociedad no podrá deducir fiscalmente ningún importe y, además, deberá computar una ganancia de patrimonio de 20.000 euros.
La sociedad podrá deducir fiscalmente 20.000 euros, pero computará un ingreso equivalente al valor de mercado del bien donado.
¿Por qué se dice que el Impuesto sobre Sociedades incentiva adicionalmente el esfuerzo investigador de las empresas?:
Porque recoge tanto la libertad de amortización de los bienes afectos a un programa de investigación como una deducción en la cuota íntegra.
Porque permite a las sociedades deducirse cada año mayores cantidades por los gastos de investigación que realicen.
Porque la sociedad que haya incrementado sus gastos de investigación puede deducirse en ese ejercicio un porcentaje hasta la media de gastos incurridos y otro porcentaje superior por el exceso de gastos de un ejercicio respecto de la media de los gastos de investigación de los dos ejercicios anteriores.
De los siguientes gastos recogidos en la contabilidad de una empresa, ¿cual es deducible fiscalmente en el Impuesto sobre Sociedades?:
Regalos con fines publicitarios hechos a una empresa que compra productos fabricados por el donante.
Donación de 4.000 euros a la Cruz Roja (entidad acogida a la ley del mecenazgo).
Donación de 3.000 euros a un ayuntamiento con motivo de las fiestas locales del municipio.
¿Cual se los siguientes gastos recogidos en la contabilidad de una sociedad con período impositivo coincidente con el año natural NO es deducible fiscalmente en el Impuesto sobre Sociedades?
Deuda impagada de un cliente por importe de 30.000 euros correspondiente a una deuda vencida el 1 de octubre y reclamada judicialmente su pago el 20 de octubre.
Deuda impagada de un cliente por importe de 60.000 euros vencida el 1 de octubre.
Deuda impagada de un cliente por importe de 60.000 euros. La deuda venció el 1 de noviembre y el cliente fue declarado en concurso de acreedores el 20 de diciembre.
En las operaciones vinculadas en el Impuesto sobre Sociedades ¿quién debe valorar la operación a precios de mercado?:
El contribuyente vendedor o prestador de los servicios.
La Administración Tributaria.
Todas las empresas que intervengan en la operación, tanto vendedoras como compradoras, o prestadoras o receptoras de servicios.
El tipo medio de gravamen de una empresa que aplica el régimen de empresas de reducida dimensión en el Impuesto sobre Sociedades y que ha obtenido una base imponible de 4.000.000 de euros sería, en el ejercicio 2015:
Idéntico que el de una empresa con la misma base imponible sometida al régimen general del impuesto.
Superior al 26 por 100.
Inferior al 26 por 100.
En el Impuesto sobre Sociedades el cobro de dividendos por parte de una matriz española procedentes de una filial suya ubicado en el extranjero de la que posee ininterrumpidamente desde su creación, hace más de 5 años, el 100 por 100 de su capital da derecho a la matriz a aplicar:
Exclusivamente una exención en la base imponible.
Una deducción en la cuota o una exención en la base imponible, debiendo optar por aplicar uno u otro beneficio fiscal.
Una deducción en la cuota por doble imposición internacional y una exención en la base imponible.
El tipo de gravamen general del Impuesto sobre Sociedades para los ejercicios que se inicien en 2016 es del:
35 por 100.
25 por 100.
El 28 por 100
En el Impuesto sobre Sociedades ¿es posible que una empresa aplique el régimen especial de empresas de reducida dimensión si en un ejercicio tiene una cifra neta de negocios superior a 10.000.000 de euros?:
Sí, si en los dos ejercicios inmediatos anteriores no ha superado esta cifra.
Sí, si en el ejercicio inmediato anterior no ha superado esta cifra.
No, en ningún caso.
En el Impuesto sobre Sociedades ¿existe legalmente el concepto de base liquidable?:
No, sólo existe el de base imponible.
Si, por el instituto de la compensación de pérdidas.
Es cierto, pero sólo para las pequeñas y medianas empresas.
Una empresa que viene facturando cada año una media de 8.000.000 de euros debe hacer los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades:
Por la modalidad general que tiene en cuenta la cuota íntegra obtenida en ejercicios anteriores.
Por la modalidad especial que tiene en cuenta la base imponible corrida del ejercicio.
Por la modalidad general o especial, a su libre elección.
De las siguientes personas jurídicas señale aquella que tributa a un tipo de gravamen inferior al general en el Impuesto sobre Sociedades:
Una sociedad de responsabilidad limitada dedicada a la organización de representación teatrales.
Una sociedad de profesionales.
Una Fundación acogida a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
¿Son deducibles fiscalmente en el Impuesto sobre Sociedades las provisiones dotadas contablemente por el coste previsto de las devoluciones de productos vendidos?
Sí, si se basan en criterios razonables.
No, salvo que se trate de pequeñas y medianas empresas.
No, en ningún caso.
De los siguientes gastos recogidos en la contabilidad de una empresa, ¿cual es deducible fiscalmente en el Impuesto sobre Sociedades?:
Recargo de apremio por el pago fuera de plazo del impuesto sobre bienes inmuebles.
Pagos correspondientes a dividendos abonados a los accionistas.
Intereses de demora abonados por el pago tardío del Impuesto sobre Actividades Económicas.
En el Impuesto sobre Sociedades ¿se admiten los efectos fiscales de una revalorización o actualización de balances?:
No, excepto que sea hecha al amparo de una norma que lo autorice.
Sí, en todo caso.
No, porque no es posible que una entidad revalorice contablemente de modo voluntario su inmovilizado.
Una sociedad con ejercicio anual ha solicitado diversos préstamos a una entidad bancaria. El importe de los intereses abonados por valor de 2.000.000 de euros figura como gasto financiero recogido en la contabilidad de dicha sociedad ¿es deducible en el Impuesto sobre Sociedades esta cantidad?:
Si, al ser un gasto relacionado con su actividad.
Sólo pueden deducirse por este gasto como máximo 1.000.000 de euros.
En el ejercicio puede deducirse sin problemas hasta 1.000.000 de euros, y el resto también, siempre que no supere el 30 por 100 de una magnitud contable constituida por el "beneficio operativo del ejercicio"
La ganancia de patrimonio obtenida en la venta de un inmueble propiedad de una empresa a efectos del Impuesto sobre Sociedades:
Da lugar a realizar ajustes positivos o negativos, según los casos.
Da lugar a un ajuste positivo, dado que fiscalmente la ganancia de patrimonio es menor al procederse a actualizar el valor de adquisición aplicando los coeficientes establecidos en la Ley.
Coincide con el importe recogido en la contabilidad, por lo que no procede realizar ningún ajuste sobre el resultado contable.
El plazo general de compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades es:
De 18 años.
Indefinido.
De 15 años.
Una empresa recoge en su contabilidad una minusvalía o pérdida de patrimonio de 120.000 euros originada por la venta de un inmueble de su propiedad y que ha calculado en el citado importe aplicando la normativa contable. ¿Debe practicar algún ajuste fiscal para determinar su base imponible del Impuesto sobre Sociedades?:
Ninguna respuesta es correcta.
No, pues sólo se ajustan fiscalmente las minusvalías obtenidas en la venta de bienes muebles.
No, pues sólo proceden dichos ajustes en el caso de obtención de plusvalías inmobiliarias.