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Rendimientos íntegros

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Rendimientos íntegros del trabajo

Los rendimientos del trabajo:

a)
b)
c)
Entre las rentas del trabajo se gravan rendimientos que no se generan en el seno de una relación laboral, ni directa ni indirectamente, como las pensiones compensatorias, o los rendimientos derivados de impartir cursos y conferencias.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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2

Rendimiento íntegros del trabajo

Las prestaciones recibidas del cónyuge como pensión compensatoria:

a)
b)
c)
Así lo establece el art. 17.2.f) LIRPF.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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3

Rendimientos íntegros del trabajo

Las prestaciones de los Planes de Pensiones:

a)
b)
c)
Cuando se produzcan las contingencias protegidas y se cobren las prestaciones, las cantidades recibidas tributaran íntegramente como rendimientos del trabajo, cualquiera que sea su perceptor, con independencia de que las aportaciones hayan podido o no reducir la base imponible.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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4

Rendimientos íntegros del trabajo

Las aportaciones que realiza el promotor a un plan de pensiones:

a)
b)
c)
Se trata de la única retribución en especie que no se somete a ingreso a cuenta, en la medida en que no va a tributar de forma efectiva en el período en que se realiza la aportación, ya que su importe reducirá la base imponible.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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5

Rendimientos íntegros del trabajo

Las aportaciones empresariales a Planes de Pensiones a favor de los trabajadores de la empresa:

a)
b)
c)
Las aportaciones del promotor a Planes de pensiones a nombre de cada trabajador constituyen en todo caso rendimiento del trabajo en especie, en la medida en que el empresario debe imputar las cantidades aportadas a cada trabajador de forma obligatoria. La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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6

Rendimientos íntegros del trabajo

Un contribuyente ha percibido del seguro colectivo que su empresa tenía contratado a favor de sus trabajadores y en concepto de invalidez un pago único de 60.000 euros.

a)
b)
c)
Las cantidades percibidas de los seguros colectivos contratados por las empresas tienen la consideración de rendimiento del trabajo [art. 17.2.5ª LIRPF]. En ningún caso tributaria en el ISD, en la medida en que el beneficiario es el propio asegurado. En este último impuesto solo tributará en caso de fallecimiento del asegurado por las cantidades que obtengan los herederos.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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7

Rendimientos íntegros del trabajo

Los rendimientos derivados de impartir cursos o seminarios:

a)
b)
c)
Normalmente tributan como rendimiento del trabajo, salvo que la obtención de tales rendimientos se realice en el ejercicio de una actividad económica (p. ej., persona física titular de una academia donde se imparten los cursos), en cuyo caso tendrá dicho carácter.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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8

Rendimientos íntegros del trabajo

Las pensiones compensatorias recibidas del ex-cónyuge:

a)
b)
c)
Las pensiones compensatorias son en todo caso renta del trabajo para el perceptor. Por su parte, dichas pensiones reducirán la base imponible del pagador, siempre que estén fijadas por decisión judicial (art. 55 LIRPF).La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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9

Rendimientos íntegros del trabajo

Las retribuciones del presidente del consejo de administración de una sociedad tienen la consideración de:

a)
b)
c)
Es rendimiento del trabajo en todo caso [art. 17.2.e) LIRPF]La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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Dietas exceptuadas de gravamen

El Sr. Ramírez, con residencia en Madrid, ha realizado un viaje a Barcelona de tres días de duración por el que ha recibido de su empresa la cantidad de 1.450 €. Tiene justificantes de los gastos de AVE (240 €) y de estancia en hotel (450 €). De acuerdo con dichos datos, la cantidad exenta de tributación en concepto de dieta sería:

a)
b)
c)
Estarían exentos los gastos locomoción (240) y estancia (450) justificados y las dietas de 3 días (3 x 53,34), lo que hace un total de 850,02 €.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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Dietas exceptuadas de gravamen

Álvaro ha recibido la cantidad de 300 € por un viaje a Madrid. La ida y la vuelta la realizó en avión en el mismo día. El coste del billete de avión, que pagó Álvaro, ascendió a 180 €. La cantidad sujeta a gravamen será:

a)
b)
c)
De la cantidad percibida (300) estarán exceptuadas de gravamen el precio del billete de avión (180) y la dieta correspondiente de 26,67 €, al no haber pernoctado en el lugar de su desplazamiento (volvió en el mismo día). Por tanto deberá tributar por la diferencia (93,33 €).La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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Dietas exceptuadas de gravamen

Juan, que tiene su centro de trabajo en Madrid, ha realizado un curso de formación en Amsterdan de una semana de duración. El coste del curso, por importe de 6.000 €, más los gastos de viaje (2.500 €) y los gastos de estancia y manutención (3.000) han sido abonados por la empresa directamente a la entidad organizadora:

a)
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El art. 42.2.b) LIRPF establece que no tienen la consideración de rendimiento del trabajo en especie las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado. También quedarán no sujetas las cantidades satisfechas por locomoción, alojamiento y manutención derivados de este tipo de cursos.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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Dietas exceptuadas de gravamen

Para cerrar una importante operación comercial el Sr. Pérez se traslada 8 días a Rusia abonándole la empresa 2.000 euros para manutención, estancia y desplazamiento. Justifica el importe del billete de avión por un importe de 200 euros:

a)
b)
c)
Estaría exento el importe del billete de avión (200 €) más las dietas de 8 días por desplazamiento al extranjero (8 x 91,35), lo que suma un total de 930,80 euros. La cantidad restante, por importe de 1.069,20 euros, es rendimiento del trabajo.La respuesta no es correctaTu respuesta ha sido guardada.
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